2021-05-17
Tu forma de vida ha cambiado, nuevos proyectos, aumento o disminución del núcleo familiar, quieres vender tu vivienda pero aún cuentas con una hipoteca en vigor sobre la misma.
Te contamos cómo hacerlo en caso de necesitar pagarla con el importe recibido por la venta del inmueble:
1.Conoce la deuda pendiente. Una vez tengas fijada la fecha de venta, pide un certificado de deuda del importe exacto que deberás al banco en ese momento concreto, este documento lo emitirá tu entidad bancaria.
2. Avisa a tu banco. El comprador, emitirá un cheque con la cantidad exacta de deuda para el banco y otro para la parte vendedora con la diferencia entre el precio total y la cantidad a recibir por el banco.
Es necesario avisar para que un apoderado del banco acuda a recoger el cheque en el momento de la venta y que acredite la liquidación de la hipoteca y su saldo cero en el momento de la transmisión.
3. Cancelación Registral. Al constituir la hipoteca, se inscribió en el registro, por eso en la nota simple consta con una carga hipotecaria.
Una vez vendas, deberás cancelar la hipoteca registralmente, es habitual que el comprador retenga una cantidad o lo imponga su banco si el comprador pide también financiación para garantizar esta cancelación, es decir, tener una reserva para que, si no lo cancelas tu, hacerlo ellos sin coste.
4. Gastos de Cancelación. Debes de tener en cuenta que estos te corresponde pagarlos, te aconsejamos revisar las condiciones de cancelación de tu hipoteca, es posible que exista un coste por cancelación anticipada. Además, cuenta con la parte correspondiente a la gestión del banco para la cancelación notarial y la cancelación registral.
5. Otras opciones: Subrogación. Aunque dadas las condiciones y tipos de las actuales hipotecas, existe la opción de que el comprador se subrogue a tu hipoteca, esto es, asumir los mismos compromisos, derechos y obligaciones, de esta manera no tendrás que cancelarla.
Si tienes dudas y quieres vender sin preocupaciones, llámanos, A&J Gestión Inmobiliaria, tu agencia inmobiliaria en el Sardinero, Santander.
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2021-05-07
El día 31de marzo, miércoles previo a Semana Santa quedó disponible para poder visitarse este piso en el Sardinero:
👉 4 visitas esa misma tarde.
👉 2 clientes interesados.
👉Oferta en firme el día 3 de abril.
👉Acuerdo el día 7 en el precio deseado, VENDIDO y llaves entregadas en MENOS DE 30 DÍAS😎
Ya había ganas de Notaría, tengo pendiente otras 5 firmas de venta en las próximas semanas 😊
Si quieres que te ayude a VENDER tu inmueble llámame, ES EL MOMENTO 📲610 23 41 55
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2021-01-26
Recuperamos y actualizamos este post con las novedades en el año 2021.
Desde A&J Gestión Inmobiliaria, tu inmobiliaria en el Sardinero, Santander queremos explicar de manera sencilla de los gastos por comprar una vivienda en Cantabria, asociados directamente a la compra y que no están incluidos en su precio de venta, ya que nos damos cuenta de que son un gran desconocido y se trata de un factor clave con el que contar a la hora de planificar el presupuesto y decidirnos en la compra de una vivienda.
El proceso de compra-venta es una gestión compleja, por eso recomendamos que te apoyes en nuestra agencia inmobiliaria para que únicamente tengas que preocuparte de ir a firmar y de entregar o recoger tus nuevas llaves. Si estás interesado en la compra-venta de un inmueble contacta con nosotros y olvídate de preocupaciones extra, nosotros realizamos por ti todas las gestiones, preparamos la documentación necesaria, certificados, etc. para que nuestro cliente esté relajado en una de las operaciones más importantes de su vida.
Os dejamos un esquema que desglosa los tipos de impuestos y gastos al comprar una viviendas y explicamos cada punto a continuación:
IVA e ITP
Distinguiendo entre compra de vivienda nueva y de segunda mano, los Pagos más destacados (por ser de mayor valor) son el IVA (Impuesto sobre Valor Añadido) y el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).
El IVA se paga exclusivamente en las viviendas nuevas y existen dos gravámenes diferentes: el 10%, que es el régimen general y el 4% si es una vivienda con régimen especial (viviendas de protección oficial).
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales grava las viviendas de segunda mano, su gestión está cedida a las comunidades autónomas y su porcentaje general en Cantabria actualmente es el 10%. Este porcentaje lo aplicamos sobre el valor por el que se escritura el inmueble. Es necesario mencionar que desde 2019 varía entre el 8% y el 10% en función del precio de la vivienda y del uso que se vaya a hacer de la misma y que existen otras excepciones como, por ejemplo, la reducción al 5% para familias numerosas o familias monoparentales, personas con un alto porcentaje de discapacidad o también si compras siendo menor de 30 años o vas a rehabilitar el inmueble invirtiendo más del 25% del precio en la reforma.
Se dispone de un plazo de 30 días para hacer efectivo el pago del impuesto sin tener recargo.
Os dejamos el enlace a la web de Hacienda de Cantabria por si os interesa ampliar información.
ESCRITURA PÚBLICA EN LA NOTARIA
Los honorarios de los notarios, denominados aranceles, están regulados por el Estado y, en este caso, dependen del precio del inmueble. En las viviendas de protección oficial y en las subrogaciones también se les aplica una reducción. Como ejemplo, para una vivienda de 100.000 euros pueden rondar los 500 euros.
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
Son los honorarios generados por inscribir la compra-venta en el Registro de la Propiedad. También están fijados por normativa y su cuantía depende del precio del inmueble. Si nos basamos en el precio anterior, rondarían los 200-250 euros.
GASTOS DERIVADOS DE SOLICITAR HIPOTECA
En el caso de solicitar una hipoteca, es necesario añadir algunos más, asociados a la contratación de un préstamo hipotecario y que dependerá de la Entidad Bancaria como son Tasación, Comisión de apertura, Seguro de daños y Gestoria.
AJD
Cada vez que se firma una hipoteca hay que abonar un impuesto sobre la escritura notarial, denominado Actos Jurídicos Documentados (AJD), un porcentaje que varía según la comunidad autónoma en la que se formaliza el préstamo. Actualmente este impuesto recae sobre las entidades bancarias.
Cuando se compra una vivienda nueva, al tratarse de una nueva inscripción, habrá que tener en cuenta este impuesto, que en la actualidad es el 1.5%, aunque también tiene reducciones
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